La Suprema Corte ha votado en contra de que el Congreso de Veracruz deba reformar su código penal, con el fin de despenalizar el aborto.

SCJN NO RESUELVE LA SITUACIÓN DE VIOLACIÓN AL DERECHO A LA SALUD REPRODUCTIVA DE LAS MUJERES EN VERACRUZ
● Resolución de la Corte deja en un estado de indefensión a las mujeres de Veracruz.
● Organizaciones amparistas confían que el ministro o la ministra que retome la nueva sentencia de
este caso, centre su interés en los derechos humanos.


México.- Miércoles 29 de julio de 2020.
En conferencia de prensa, Católicas por el Derecho a Decidir, AC; Justicia, Derechos Humanos y Género, AC; Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos, AC, el Frente Veracruzano por la Vida y la Salud de las Mujeres y la Fundación Mexicana para la planeación Familiar, MEXFAM, organizaciones que solicitaron el amparo relacionado con la legislación a favor del aborto en Veracruz, informaron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no resolvió la situación de violación al derecho a la salud reproductiva de las mujeres en Veracruz.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, el día de hoy la Corte desechó el proyecto presentado por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá al valorar que no existe omisión legislativa del Congreso del estado de Veracruz al no haber modificado diversos artículos del Código Penal de esa entidad que violentan o restringen los derechos humanos de las mujeres.
María de la Luz Estrada, coordinadora del área de Violencia de Género y Derechos Humanos de Católicas por el Derecho a Decidir y del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) afirmó que la resolución de la Corte deja en un estado de indefensión a las mujeres de Veracruz porque no se discutió a fondo la situación del acceso al aborto legal en dicha entidad. Mencionó que en el informe de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado se demuestra que el estado de Veracruz cuenta con marcos normativos restrictivos que deja en una situación grave a las mujeres que necesitan interrumpir un embarazo.


Por su parte Patricia Bedolla, de Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos, AC, refirió que los ministros centraron su atención en uno de los agravios del amparo que tienen que ver con la omisión legislativa y dejaron de lado los otros dos agravios que tienen que ver con los derechos humanos de las mujeres, es decir lo más fundamental del proyecto.

Sorprendió que, sin haber una discusión más amplia del tema, se desechara el proyecto y se regresara para emitir una nueva sentencia.

Informó que las organizaciones amparistas esperarán el engrose del proyecto para conocer a fondo los fundamentos que llevaron a la Corte a tomar esta decisión y así, poder definir cuál será el camino jurídico a seguir.

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